martes, 31 de enero de 2017

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DE 31 DE ENERO DE 2017


PROMOCIÓN INTERNA DE TRABAJADO/RA SOCIAL


#CGT : 8 de marzo   Día Internacional de la Mujer Trabajadora


Queremos y luchamos por ello, que desaparezcan las relaciones de trabajo sometidas a las leyes del mercado y que dejen paso a la autoorganización y la autogestión.
Pero, mientras tanto, necesitamos implantar derechos que nos protejan frente a los abusos del capital, ya que los trabajos de todas las personas, y en especial de las mujeres, son un violento punto de unión entre el patriarcado y el capitalismo.
En este 8 de Marzo de 2017, Día Internacional de la Mujer Trabajadora,  manifestamos que:
  • Nos declaramos anarcofeministas incluyendo a todas las identidades que difieren del patrón heteronormativo.
  • Defendemos la autogestión de los Servicios Públicos y denunciamos la privatización a los que éstos están sometidos y que nos afecta especialmente a las mujeres en sectores como telemárketing, limpieza, educación, sanidad...
  • Defendemos la inclusión de la economía feminista en todos los órdenes de la vida, para erradicar las desigualdades como la brecha salarial, explotación de doble jornada, el acceso a los servicios sociales, pensiones,  educación feminista y coeducación, planes de igualdad, techo de cristal, porque todas las vidas merecen ser sostenidas.
  • Defendemos los derechos de las mujeres refugiadas y migrantes.
  • Denunciamos el salario precario y vivir en la precariedad.
  • Denunciamos la intromisión de las religiones, exigiendo la salida de éstas del ámbito público: educación, legislación, opinión pública, medios de comunicación públicos…
  • Denunciamos el ascenso de los fascismos a nivel mundial.
  • Reivindicamos los espacios

    seguros, erradicando todos los tipos de violencias sexuales.
  • Es necesaria la lucha feminista porque lo que existe es una falsa igualdad, porque la doble discriminación, como mujer y como trabajadora, sigue existiendo.
  • Las mujeres no nos resignamos a la injusticia social y la desigualdad. Hemos luchado, luchamos y seguiremos luchando hasta conseguirlo. Y lo hacemos desde la dignidad, la integridad, sin perder la alegría y las ganas de vivir. Como decía Emma Goldman “Si no puedo bailar, tu revolución no me interesa”

       ¡BAILEMOS JUNTAS NUESTRA REVOLUCIÓN!
¡NO HAY REVOLUCIÓN SIN LIBERACIÓN DE LAS MUJERES!
¡NOS QUEREMOS LIBRES, VIVIENDO

viernes, 27 de enero de 2017

PRESENTACIÓN DEL FONDO DE ACCIÓN SOCIAL



Dice nuestro convenio en el capítulo 43 b "El fondo de acción social se solicitará antes del último día de febrero...." por lo que os recomendamos a todos que lo presentéis cuanto antes en el registro de la Empresa.

CGT-EMS

NOTA RECIBIDA DE GANEMOS TRES CANTOS REFERENTE A LOS PRESUPUESTOS DE LA EMS


ems
Sufre el gobierno municipal del Partido Popular una obsesión un tanto paranoica con las propuestas y actividades del grupo municipal de Ganemos, que le llevan a no atender debidamente la tarea en la que tenía que estar preocupado, que no es otra que gobernar el municipio atendiendo los intereses de la mayoría de vecinas y vecinos.
Decimos esto a raíz de sus notas de prensa, en la que nos acusa de casi todo, cayendo casi siempre en contradicciones y faltando a la verdad de una forma tan pueril, que raya en lo ridículo.
Nos vamos a referir, en concreto, a su nota de prensa sobre la actitud de este grupo en la Empresa Municipal de Servicios: Se nos dice que queremos bloquearla y que no asistimos a un Consejo de Administración, pues bien, hasta ahora lo único que hemos hecho es propuestas para mejorar su funcionamiento que, por supuesto, han caído en saco roto. También hemos planteado que la elección de la Gerencia se hiciera mediante concurso público al que se pudieran presentar quienes quisieran, y se tuviera en cuenta el mérito y la capacidad de cada cual, y no se ocupara por un cargo de confianza del PP como hasta ahora: el voto de calidad del Alcalde lo impidió.
La no asistencia a un Consejo de Administración informativo, avisada con antelación, se produjo como protesta por haberse aprobado los presupuestos municipales, con la modificación de los precios de los servicios que presta la empresa sin ningún informe de los técnicos municipales que avalaran esa decisión, es decir, nos querían informar después de que se aprobaran, faltando el respeto a nuestro grupo, y lo que es más importante a los ciudadanos que representamos. Esa falta de respeto y la incapacidad para hacer las cosas bien es lo que llevó a nuestro grupo a tomar esa decisión.
El último ejemplo de dicha incapacidad, unido al oscurantismo, es que la empresa ha tenido que hacer frente a las indemnizaciones a las trabajadoras que atendían a las personas dependientes, por no haberse hecho la subrogación de las mismas como marca la ley, esto lo sabemos hoy, cuando la sentencia está fechada en diciembre de 2014.
Por último, queremos manifestar nuestra apuesta firme por la Empresa Municipal de Servicios, como instrumento válido para la prestación de servicios públicos de calidad a los tricantinos, y trabajaremos por su fortalecimiento tanto en el Consejo de Administración, Junta General como en cualquier instancia municipal.
GANEMOS TRES CANTOS

jueves, 26 de enero de 2017

#RNtvLucha15 : #FERROVIAL Y #ERICSSON DESPIDEN

Ferrovial Servicios A Bordo:
1800 trabajadores y trabajadoras.
2013 Ferrovial consigue la contrata.
2014 ERE con 336 despidos y reducción del 5,45€ del salario.
Aumento de carga de trabajo.
Reducción de plantilla.
Presión laboral.

- Ericsson España:
3000 trabajadoras y trabajadores.
Ericsson España es una empresa saneada, con beneficios, desde el año 208 ha realizado 5 ERE, despidiendo a 1000 personas que sustituye con nuevas contrataciones.




miércoles, 25 de enero de 2017

#CGT INFORMA: PERMANENCIAS DEL DELEGADO DE CGT EN EL LOCAL SINDICAL DE LA EMS



CGT - EMS informa que a partir del próximo miércoles día 1 de febrero de 2017 nuestro delegado en el comité de empresa estará para las consultas necesarias que tengáis que hacer o para los asuntos que estiméis convenientes.

#CGT INFORMA: CUANTRO SEMANAS DE PATERNIDAD


CUATRO SEMANAS POR PARTERNIDAD



·         Desde el día 1/1/2017 es de CUATRO SEMANAS el derecho a la suspensión de contrato de trabajo y prestación por PATERNIDAD establecido en el artículo 48.7 del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 49 c) del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 183 de la vigente LG de Seguridad Social. Este derecho se estableció en la ley 9/2009, pero quedó en suspenso hasta ahora.



CGT lleva al Congreso la precarización del trabajo en los Aeropuertos de Aena

El gobierno del Partido Popular pretende aprobar el DORA en consejo de ministros (el viernes 10 de febrero), con prisas y para que entre en vigor antes de primeros de marzo, sin que pase siquiera por control parlamentario, un guiño más a los mercados financieros, justo a tiempo para celebrar el segundo aniversario de la privatización de Aena (11 de febrero) ¿o deberíamos decir “regalo”?

El DORA comprometerá el sector aéreo de este país, y, por supuesto, a sus trabajadores y trabajadoras, durante el próximo quinquenio, y encima no es un documento público, ni lo ha sido en la elaboración de su proyecto, en el que “no ha participado la ciudadanía” a través de sus representantes públicos.

● Por la erradicación de la temporalidad. Contra la precarización creciente de las condiciones de trabajo en los Aeropuertos, Aena, y el Sector Aéreo.
● Por la recuperación de la calidad y la seguridad. Contra los recortes, el abaratamiento y el deterioro del servicio en los Aeropuertos, Aena, y el Sector Aéreo.
● Por la gestión del Sector Aéreo, de Aena, y los Aeropuerto en interés y beneficio general. por lo público y contra la privatización, y las maniobras y planes especulativos que perjudican a trabajadoras y usuarias.






martes, 24 de enero de 2017

#CGT #EMS de #TresCantos pide que se sustituyan las bajas.



La CGT-EMS ha solicitado a la gerencia que todas aquellas bajas, excedencias o cualquier otra modalidad que se produzcan en la empresa igual o superior a 7 días sean sustituidas automáticamente. No pueden estar los servicios públicos tan desantendidos como hasta ahora y principalmente polideportivos y limpieza.

En el departamento de polideportivos la perdida de trabajadores ha llegado a un número alarmante ya que hay centros de trabajo dedicados al mundo de deporte donde un solo trabajador tiene que acudir a dos lugares distintos porque en ellos no hay nadie de la EMS, a los que  tiene que atender, limpiar, y dar el servicio correspondiente a los usuarios.

Y por otro el servicio de limpieza sobre todo en colegios porque cuando una trabajadora de las cuatro que hay pide asuntos propios o se pone de baja las otras tres deben de hacerse cargo del trabajo de la trabajadora que falta y cuando se suple se retraen de la limpieza de polideportivos.

Desde CGT pensamos que esto no puede seguir así y hay que tomar medidas urgentes para paliar esta falta de calidad en el servicio público.

CGT - EMS


#CGT INFORMA: CALCULADORA CLAUSULA SUELO







lunes, 23 de enero de 2017

LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS NO SE PARALIZA



Hoy hemos oído a los trabajadores su preocupación por la posible paralización de la EMS así como la posibilidad que no cobremos el salario por la negativa de GANEMOS TRES CANTOS a apoyar los presupuestos del PP, y nada de eso es cierto. Como dijimos en la anterior noticia de la no aprobación de los presupuestos por parte de un grupo político no quiere decir que esto ocurra, la EMS seguirá funcionando  y nosotros cobrando el salario que nos corresponde por nuestro trabajo.
Esto obedece más al intento de manipulación por parte del PARTIDO POPULAR aunque sea jugando con la tranquilidad de todos los trabajadores de la EMS.
También queremos desatacar desde CGT-EMS que para evitar estos "interesados malentendidos" hubiera sido muy bueno que GANEMOS TRES CANTOS, se hubiera reunido con el Comité de Empresa de la EMS así como todas las secciones sindicales explicando la postura ante el tema de presupuestos y cual es su propuesta. Y ya que estamos en ello porque no consultar a la todos ellos su visión en cuanto al tema presupuestario.


CGT-EMS 

domingo, 22 de enero de 2017

El grupo Ganemos quiere bloquear la actividad de la Empresa Municipal de Servicios

                     



Los concejales de Ganemos votan en contra del Presupuesto anual de la EMS en el Pleno municipal y no acuden al Consejo de Administración

Tres Cantos, 15 de diciembre de 2016.- El Grupo Ganemos quiere boicotear la actividad de la Empresa Municipal de Servicios y a sus trabajadores. En el último Pleno municipal, reunido en Junta de Accionistas, los concejales del grupo Ganemos votaron en contra del presupuesto anual de la EMS, en el que se contemplan todos los sueldos de los trabajadores, así como el conjunto de actividades que desarrollará la empresa en 2017.
Además, los representantes de Ganemos en el Consejo de Administración de la EMS no han acudido a la última convocatoria, celebrada este mes de diciembre, y justifican su ausencia en la falta de informes municipales. Este Consejo no tenía ningún punto en el Orden del Día con capacidad decisoria, sino que se trataba de un Consejo puramente informativo, en el que el Gerente explicó los cánones que recibe la empresa por los servicios prestados al Ayuntamiento.
La Empresa Municipal de Servicios, con una plantilla de 250 personas en la actualidad, tiene un presupuesto anual de 6,45 millones de euros. La empresa pública se encarga de realizar los trabajos de limpieza y mantenimiento de los espacios municipales, así como las tareas de conservación de instalaciones, edificios y colegios públicos.
El Presidente del PP de Tres Cantos, Jesús Moreno, considera una irresponsabilidad la actitud del grupo Ganemos, “ya que pone en peligro la actividad de una empresa que presta unos servicios fundamentales para la ciudad, ya que se encarga del mantenimiento y conservación de los espacios que disfrutamos todos los tricantinos”.

PARTIDO POPULAR TRES CANTOS


Estar en contra de unos presupuestoS no quiere decir que se bloqueen lo presupuestos, lo que quiere decir es que estos presupuestos dese su visión política es totalmente distinta a la del partido gobernante en el consistorio.

La posición de CGT -EMS es clara; nosotros pedimos que se facture todo lo que la empresa hace y que por razones políticas no se factura, y queremos claro está, que muchos de los trabajos que se hacen ya de manera habitual, se vean reflejados como ingreso mediante la formula de canon. Esto ha traído un descontrol en la cantidad de presupuesto asignada para el sustento de la EMS y en la calidad del servicio que se presta sobre todo en el sector de polideportivos donde ha desaparecido más de 15 plazas de una plantilla de 50,  y en el sector de limpieza donde no se sustituyen las bajas redundando en un peor servicio en los edificios municipales donde se encuentran también los colegios públicos en donde había 4 trabajadores y la mayoría de las veces hay 3.

CGT - EMS



martes, 17 de enero de 2017

LA PARTICIPACIÓN SINDICAL EN EL COMITÉ DE EMPRESA ES MEJORABLE



Queremos poner en conocimiento de los trabajadores de la EMS que esta sección sindical no juega con las mismas reglas con las que juega CCOO. Y nos referimos  a la falta de información que por parte del comité de empresa recibe esta sección y su representante en este órgano unitario de los trabajadores. En el reglamento de cualquier comité existe la  obligatoriedad de informar a todos los miembros o en su defecto a las secciones sindicales, del orden del día previo a sus reuniones, y no nos referimos a "nada más entrar" nos referimos a recibir esta convocatoria con el tiempo necesario para que la sección se pueda preparar los temas y aportar su visión a los problemas que allí se tratan junto con sus militantes. Creemos que las aportaciones de las diferentes realidades sindicales pueden ser positivas  a la hora de afrontar los retos que se nos presentan puesto que se da una visión mas global a los mismos.
Entendemos el juego de mayorías y minorías, y los respaldos por parte de los trabajadores, pero eso no da derecho a utilizar el rodillo por parte de CCOO que impida a lo que si tenemos derecho y no por el bien de las propias organizaciones sindicales sino por el bien de todos los trabajadores que al fin de cuentas es lo que nos tiene que importar.

Es por esto que solicitamos al comité de empresa, con mayoría de CCOO, que a toda reunión que acuda esta sección se le aporte días antes los temas a tratar en lo que se conoce como orden del día.


CGT - EMS


lunes, 16 de enero de 2017

El Parlamento de Andalucía convalida el decreto ley de vuelta a las 35 horas con la abstención del PP-A y C's

El Parlamento de Andalucía ha convalidado este jueves en pleno el decreto ley del Consejo de Gobierno para volver en 2017 a la jornada laboral de 35 horas semanales para los empleados públicos, implantada en 1999 y retirada en 2012 por el Gobierno de la Nación. Ha sido con los votos del PSOE-A, Podemos e IU, mientras que el PP-A y C's se han abstenido. Una vez más, este asunto ha dejado en evidencia las contradicciones a las que se enfrentan no ya sólo los populares, sino el resto de partidos si se observa cómo se está afrontado en los distintos territorios.
En el caso de Andalucía, el PP-A ha cogido el guante que le arrojaron los socialistas cuando le instaron a no oponerse a esta medida, que podría ser recurrida por el Gobierno de España en el Tribunal Constitucional (TC), como le ha ocurrido a Castilla la Mancha, donde por cierto también se abstuvieron los populares, o también en País Vasco, igualmente impugnada la norma, pero en este caso sin haber pasado el trámite parlamentario. 

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DE DIA 23.11.2016 (FORMACIÓN)



PINCHA EL ENLACE:

viernes, 13 de enero de 2017

PACTO DE HORAS COMPLEMENTARIAS 


 1.- NORMATIVA
  Art. 12.1 del Estatuto de los Trabajadores.                    

Orden TAS770/2003. Datos de la comunicación de horas complementarias.              


  2.-HORAS COMPLEMENTARIAS
  Se consideran horas complementarias las realizadas como adición a las horas ordinarias pactadas en el contrato a tiempo parcial, conforme a las siguientes reglas :

    A. ) El empresario solo podrá exigir la realización de horas complementarias cuando así lo hubiera pactado expresamente          con el trabajador.

    B.)  El pacto sobre horas complementarias podrá acordarse en el momento de la celebración del contrato a tiempo parcial, o con posterioridad al mismo, pero constituirá en todo caso, un pacto específico respecto al contrato.

    C. ) El pacto se formalizará necesariamente por escrito.

    D. ) Solo se podrá formalizar un pacto de horas complementarias en el caso de contratos a tiempo parcial con una jornada de trabajo no inferior a 10 horas semanales en cómputo anual.

      El pacto de horas complementarias deberá recoger el número de horas complementarias cuya realización podrá ser requerída por el empresario.       El número de horas complementarias pactadas no podrá exceder del 30% de las horas ordinarias de trabajo objeto del contrato.       Los convenios colectivos podrán establecer otro porcentaje máximo , que , en ningún caso podrá ser inferior al citado 30% ni podrá  exceder del 60% de las horas ordinarias contratadas.

    E. ) El trabajador deberá conocer el día y la hora de realización de las horas complementarias pactadas con un preaviso máximo de tres días, salvo que el convenio establezca un plazo de preaviso inferior.

    F. ) El pacto de horas complementarias podrá quedar sin efecto, por renuncia del trabajador, mediante un preaviso de 15 días, una vez cumplido un año desde su celebración, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias :             La atención de las necesidades familiares enunciadas en el Art. 37.5  de esta Ley. ( Estatuto de los Trabajadores )                          ( Reducción de jornada por guarda legal).             Por necesidades formativas, siempre que se acredite la incompatibilidad horaria.             Por incompatibilidad con otro contrato a tiempo parcial.

    G. ) El pacto de horas complementarias y las condiciones de realización de las mismas estarán sujetos  a las reglas previstas en las letras anteriores. En caso de incumplimiento de tales reglas, la negativa del trabajador a la realización de las horas complementarias, pese a ser sido pactadas, no constituirá conducta laboral sancionable.

    H. ) Sin perjuicio del pacto de horas complementarias, en los contratos a tiempo parcial de duración indefinida con una jornada de trabajo no inferior a 10 horas semanales, en cómputo anual, el empresario podrá en cualquier momento, ofrecer al trabajador la realización de horas complementarias de aceptación voluntaria, cuyo número no podrá superar el 15% , ampliables al 30% por convenio colectivo, de las horas ordinarias objeto del contrato.La negativa del trabajador a la realización de estas horas no constituirá conducta laboral sancionable.       Estas horas complementarias, no se computarán a efectos de los porcentajes de horas complementarias que se establecen en la letra c).

     I. ) La jornada de los trabajadores a tiempo parcial  se registrará  día a día, y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias que se refiere el apartado 5.       El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de         4 años.      En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa,  salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.

     J. ) La realización de horas complementarias habrá de respetar, en todo caso, los límites en materia de jornada y descansos establecidos en los arts. 34, apartados 3 y 4 ( descansos); 36.1 ( trabajo nocturno )y 37.1 ( descanso semanal acumulable), del Estatuto de los Trabajadores.

     K. ) Las horas complementarias efectivamente realizadas se se retribuirán como ordinarias, computándose a efectos de cotización a la Seguridad Social y periodos de carencia y bases reguladoras de las prestaciones. A tal efecto, el número y retribución de  las horas complementarias realizadas  se deberá recoger en el recibo individual de salarios y en los documentos de cotización a a la Seguridad Social. 

EN NUESTRO CONVENIO


Artículo 390 bis REGULACIÓN DE HORAS COMPLEMENTARIAS

1.- En los contratos a tiempo parcial de carácter indefinido por acuerdo entre las partes, podrá realizarse, por este concepto hsta un 60 por ciento de las horas ordinarias objeto del contrato.

2.- Sin prejuicio de la capacidad organizativa de la empresa, se procurará que la distribución entre el personal de las horas complementarias  se efectúe  con criterios de racionalidad y equidad.

3.- Con carácter preferente a la contratación teporal "ex novo" se procederá a la realización de horas complementarias en los términos establecidos en los apartados preferentes.

4.- La Empresa informará a la representación legal de los trabajadores, con periodicidad mensual, sobre las horas complementarias realizadas así como sobre los trabajos realizados por dicho concepto.




Reunión Secciones de Administración Local MCLMEx 20.01.2017




Estimadas compañeras y compañeros, se convoca reunión de Secciones Sindicales de Administración Local de la CGT MCLMEx el próximo 20 de enero, a las 10:30 h. en los locales de la calle Alenza en Madrid, con el siguiente Orden del Día.
  1. Ronda informativa de cada Sección
  2. Propuestas de trabajo para crear Guía sobre del informe sobre Riesgos Laborales que presentamos en el anterior Encuentro.
  3. Elección de representantes que acudirán al Encuentro en Burgos.

#PSOE de #TresCantos: Cancelado el servicio de préstamos de bicicletas 3CBike

El tema se tratará en la próxima Comisión de Economía.
Algunos tricantinos nos han hecho llegar esta semana su preocupación por la cancelación del servicio de préstamo de bicicletas 3CBike.
Es una cuestión que ya preocupaba a los usuarios desde hace unos meses y se había tratado en el Pleno de Tres Cantos del último septiembre.
A la pregunta del Grupo Ganemos acerca de qué se iba hacer con el servicio, el Gobierno del Partido Popular respondió que se iba a estudiar la conveniencia o no de su continuidad.
Ahora los préstamos se han cancelado y reina la incertidumbre entre quienes estaban suscriptos, no sólo por saber si volverá a operar sino también por lo que ocurrirá con el dinero de los abonos anuales si sus dueños no reclaman.




Será una de las principales cuestiones a tratar en la próxima Comisión de Economía del Ayuntamiento, así que en cuanto tengamos novedades os informaremos a todos los vecinos.

#PSOE de #TresCantos: : La concesión pública del Centro Islas, bajo sospecha



El Tribunal de Cuentas ha abierto diligencias a concesiones públicas en 15 municipios, entre ellos Tres Cantos.
Desde el Grupo Municipal Socialista, denunciamos en 2012 la cadena de despropósitos que significó la decisión del Partido Popular de privatizar la gestión del Centro Deportivo Islas en el año 2010.
Advertimos en su momento de los importantes perjuicios que aquello supuso para los tricantinos, tanto por el mal servicio prestado como, finalmente, por el cierre del centro con importantes pérdidas económicas para las arcas municipales: alrededor de 300.000 euros, es decir, más dinero que el montante total que el Ayuntamiento utilizaba en ese momento en las ayudas para la promoción y la formación del deporte base, más las subvenciones para los colectivos y las asociaciones tricantinas que dinamizan la vida en nuestro municipio.
Ahora el Tribunal de Cuentas nos da la razón. Su Sala de Enjuiciamiento ha abierto diligencias preliminares sobre quince concesiones de servicios públicos para investigar irregularidades en la gestión y control de instalaciones en 15 municipios, entre ellos la gestión bajo la modalidad de concesión de los servicios del Centro Deportivo Islas de Tres Cantos.
El escrito del Tribunal de Cuentas, según informan distintos medios de comunicación, viene precedido de una auditoría pública y reclama convertir las quince causas en independientes por el “número de corporaciones afectadas y la heterogeneidad de los hechos”. El informe, que fue aprobado el pasado 30 de junio de 2016, se centró en la fiscalización de aparcamientos, cementerios y servicios funerarios e instalaciones deportivas de entre 20.000 y 75.000 habitantes.
El Grupo Municipal Socialista siempre se mostró contrario al modelo de gestión elegido y más aún con el concurso de adjudicación que recayó en la empresa Norfel Sport, S.L. “Esta adjudicación ha sido un auténtico despropósito de principio a fin. Se aprovecha el verano para sacar el concurso, el proyecto de viabilidad del pliego de condiciones lo realiza el asesor de confianza del concejal, el informe del gerente de deportes avisa de un importante desequilibrio económico-financiero en las propuestas y a pesar de todo esto se adjudica”, manifestó en 2010 nuestra concejala Verónica Gómez, y luego se cumplieron las peores previsiones, sin que el concejal de deportes del PP, Valentín Panojo, y todavía miembro del actual gobierno, asumiera ninguna responsabilidad.
Ante el empeño de volver a sacar a concesión la gestión del centro, desde el Grupo Municipal Socialista insistimos en 2012 al Gobierno Municipal que la mejor opción era la Empresa Municipal de Servicios, opción que al final se impuso hasta hoy en día, sin problemas.

martes, 10 de enero de 2017

CGT: Novedades legislativas 2017


Pincha en los vínculos para llegar a la publicación en el BOE

SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL 2017 (BOE 31/12/16, Real Decreto 742/16.)
·         El SMI en 2017 es 707,7 € por 14 pagas, cuantía anual 9.907,8 €.
·         Servicio del hogar por horas 5,54€/hora.
·         NOTA GRAVE: los convenios actualmente vigentes que tomen o hagan referencia al SMI, mantendrán el valor de 2016 en el presente año, si no hay acuerdo expreso de aplicar el de 2017, si bien ningún total retributivo anual de jornada completa puede resultar inferior a 9.907,8. Esto se aplica también a cualquier norma o pacto actual, que no se modifique, sea privado o sea de administración no estatal (autonómica, provincial, local).
·         El IPREM sigue siendo 532,51 € por 12 o por 14 pagas, según casos, prórroga por ahora de 2016.

BASES DE COTIZACIÓN
·         La Base Máxima de cotización en 2017 es 3.751,26 €/mes. (BOE 3/12/16, Real Decreto-ley 3/16, artículo 9)
·         La Base Mínima mensual R. General jornada completa 2017 es 825,65 €, según artículo 19.2 LGSS.
·         La Base Mínima ordinaria de cotización de RETA es 893,10 €/mes, prórroga de 2016.
·         La Base de cotización en REEH es según tramos de escala de retribución.

IPC 2016
·         IPC 2016 es 1,5 % (dato provisional adelantado INE, confirmar definitivo en página internet de INE).

·         Revalorización pensiones actuales 0,25% desde 1 enero 2017.
·         Pensión máxima 2.573,7 euros por 14 pagas al año.
·         Pensión mínima mayor 65 años con cónyuge a cargo 786,90 € por 14 pagas/año (737,6 menor de 65).
·         Pensión mínima mayor 65 años unipersonal 637,7 € por 14 pagas/año (596,5 menor de 65).
·         Pensión mínima mayor 65 con cónyuge no a cargo 605,1 € por 14 pagas/año (563,8 menor de 65).
·         Pensión SOVI 408,1 € por 14 pagas al año.
·         Pensión no contributiva 368,9 € por 14 pagas al año. Estos pensionistas tienen posible ayuda para alquiler de vivienda de 525 €/año en un solo pago.
·         Para percibir pensión mínima no puede haber otros ingresos superiores a 7.116,18 €/año sin cónyuge u 8.301,1 €/año con cónyuge. Además, el complemento por mínimos (artículo 59 de nuevo texto LGSS) para pensión mínima posterior a 1/1/13 no puede sobrepasar la cuantía de pensión no contributiva, en este año 368,9 €/mes. Así, esas pensiones están quedando por debajo de las mínimas contributivas indicadas.

PRESTACIONES FAMILIARES 2017 (BOE 31/12/16, RD 746/2016; y LGSS 351-361)
·         Por nacimiento o adopción en casos especiales (familia numerosa…) 1.000 €.
·         Por parto o adopción múltiple: dos hijos 4 veces SMI, tres hijos 8SMI, cuatro o más hijos 12SMI.
·         Por cada hijo a cargo menor hasta 18 años, 291 €/año, si se cumplen requisitos (límite ingresos etc.).
·         Si, además, el menor es con discapacidad de 33% o más, 1.000 €/año.
·         Por hijo mayor de 18 con 65% o más de discapacidad, 4.426,8 €/año (368,90 € por 12).
·         Por hijo mayor de 18 con 75% o más de discapacidad, 6.640,8 €/año (553,4 € por 12).
·         Recuerda también que siguen vigentes los 100 €/mes a cargo de Hacienda por hijo menor de 3 años de madre trabajadora (artículo 81 ley IRPF y 60 reglamento IRPF, solicitud modelo 140), así como 100 €/mes por familia numerosa o por persona con discapacidad a cargo de trabajador o pensionista (solicitud de abono anticipado modelo 143, Orden de Hacienda BOE 12/3/15, y artículos 81 bis y DA 42ª ley IRPF y 60bis reglamento IRPF).

JUBILACIÓN EN 2017 Un paso más de recortes en la reforma iniciada en enero de 2013.
·         Edad ordinaria 65 años y 5 meses, o 65 años habiendo cotizado 36 años y 3 meses o más.
·         Base reguladora de la pensión, sale de lo cotizado en los 20 años inmediatos anteriores.
·         Pensión 100% de la base reguladora requiere 35,5 años cotizados. Por cada mes que falte se descuenta -0,19% (o -0,21% a los meses más allá de 83). Por cada año cotizado sobre la edad ordinaria, se añade un porcentaje de 2% a 4% según años cotizados. Las madres de dos hijos tienen un añadido de 5% (3 hijos 10%, 4 o más 15%) en jubilación ordinaria.
·         Jubilación PARCIAL antes de la edad ordinaria, requiere: 6 años de antigüedad; 33 años cotizados y 61 años y 10 meses de edad, o 34 años y 3 meses o más cotizados y 61 años y 5 meses de edad, o haber cotizado antes de 1967 y 60 años de edad; reducción jornada máximo 50% y contrato de relevo, o máximo 75% con contrato de relevo fijo a tiempo completo; cotizar 70% de la base de jornada completa. SE MANTIENE LA ÚLTIMA LEGISLACIÓN ANTERIOR hasta 1/1/2019 en casos de acuerdos colectivos debidamente registrados sobre plan de jubilación parcial anterior a 1/4/2013: 61 años edad, 30 años cotizados, reducción jornada máximo 75% u 85%, base reguladora sobre 15 años etc.
·         Jubilación ANTICIPADA INVOLUNTARIA: máximo 4 años antes de edad ordinaria (desde 61 años para quienes corresponde jubilarse a sus 65 años, o desde 61 años y 9 meses para quienes corresponde jubilarse a sus 65 años y 9 meses en 2021 o antes), 6 meses inmediatos inscrito como parado por ERE o despido objetivo (acreditar indemnización cobrada o reclamada en juzgado) o concurso o violencia género o fin empresa; 33 años cotizados; por cada trimestre o parte anticipado se reduce desde 1,875% hasta 1,5% según total años cotizados desde menos 38,5 a más 44,5. SE MANTIENE LA ÚLTIMA LEGISLACIÓN ANTERIOR hasta 1/1/2019 en extinciones contratos antes 1/4/2013 si no ha vuelto a trabajar, y en ERTES o ERES o concursos de antes 1/4/2013 debidamente registrados: 61 años edad, 30 años cotizados, reducción pensión por cada año anticipado o parte desde 7,5% a 6% según total años cotizados desde menos de 34 a más de 40, etc. También se aplica así sin límite y con 60 años de edad a cotizante anterior a 1967 que ha sido cesado.
·         Jubilación ANTICIPADA VOLUNTARIA: máximo 2 años antes de edad ordinaria (desde 63 años para quienes corresponde jubilarse a sus 65 años, o desde 63 años y 7 meses para quienes corresponde jubilarse a sus 65 años y 7 meses en 2019 o antes), 35 años cotizados, cuantía pensión que sea superior a la mínima de 65 años; por cada trimestre o parte anticipado se reduce desde 2% hasta 1,625% según total años cotizados desde menos 38,5 a más 44,5. Si cotizó antes de 1967, cabe a los 60 años con una reducción de pensión por año o fracción anticipado de 8%.

CUATRO SEMANAS POR PARTERNIDAD (BOE 30/10/15, ley 48/15, DF 11ª)
·         Desde el día 1/1/2017 es de CUATRO SEMANAS el derecho a la suspensión de contrato de trabajo y prestación por PATERNIDAD establecido en el artículo 48.7 del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 49 c) del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 183 de la vigente LG de Seguridad Social. Este derecho se estableció en la ley 9/2009, pero quedó en suspenso hasta ahora.