jueves, 10 de marzo de 2016

DOCUMENTO MANDADO A LA GERENCIA RELATIVO A LA FORMACIÓN



UNIÓN SINDICAL OBRERA
SECCIÓN SINDICAL DE LA AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS – EMS

DE: La sección sindical de USO-EMS
A: Gerencia de la EMS con copia al comité de empresa
ASUNTO: Planes de formación de la empresa.

Por el presente documento manifestamos nuestra total discorformidad de cómo se acomenten los planes de formación en la EMS debido fundamentalmente a la discriminación que existen entre los distintos turnos de la empresa. No es correcto que la dirección de la EMS se ampare en la palabra “voluntario” para esconder sus obligación en matéria de formación en campos tan sensibles como los primeros auxilios o la salud laboral siendo los trabajadores que con turnos no coincidentes con los cursos ofertados los que tengan que poner su tiempo libre a disposición para realizar los citado cursos tan importantes para una mayor calidad en los servicios públicos de Tres Cantos.
Por eso pedimos que se reconsidere esta situación y que sea posible que todos aquellos cursos que no coincidan con las jornada de los trabajadores sean compensados con tiempo libre.


Tres Cantos a 16 de Febrero de 2016

martes, 2 de febrero de 2016

#USO: LLAMAR “TERRORISTA” A LA EMPRESA EN UN CONFLICTO NO VULNERA SU HONOR.




Una sentencia afirma que la expresión es “un lugar común” utilizado para descalificar.
El calificativo debe “contextualizarse” en una situación de enfrentamiento compañía-sindicato
La exposición de pancartas, por parte de un sindicato y en el marco de un conflicto laboral, en las que se acusa a la empresa de “terrorismo empresarial” constituye una “crítica dura, pero no puede descontextualizarse”, pues resulta evidente que la intención de los representantes de los trabajadores “no es imputar un delito -a la empresa-, ni asociarla con actos propiamente terroristas, sino criticar una política empresarial”.
Así lo determina la Audiencia Nacional, que razona que la expresión terrorismo empresarial “se ha convertido en lugar común en nuestra sociedad, al utilizarse de manera habitual para descalificar determinadas actuaciones empresariales por sindicatos e incluso partidos políticos, lo que ha devaluado socialmente su significado”.
En el caso enjuiciado, una compañía había planteado ante la Jurisdicción Social una demanda por vulneración del derecho a su honor. Tras el despido de tres trabajadores, y en el marco de una situación de conflictividad, un sindicato había iniciado una campaña de acciones contra la empresa y, entre ellas, acudió a diversos actos públicos organizados por la misma con pancartas que decían: “terrorismo empresarial”.

La sentencia, del 18 de diciembre, considera probado que ni los clientes ni los ciudadanos han dado crédito al “significado formal” del término, “sino que lo han integrado en la propia situación del conflicto”. En este sentido, subraya, la acción del sindicato no se limitó a exhibir las pancartas sino que se completó con el reparto de octavillas y el envío de emails.
Defensa de sus afiliados
La sentencia asevera que, si bien existen indicios claros de la vulneración del derecho al honor de la empresa, la expresión se produce “en el marco de un conflicto laboral”y, consiguientemente, las acciones promovidas por el sindicato “se enmarcan claramente en la defensa de sus afiliados ante lo que consideran una actuación ilícita de la demandante”.
El ponente, el magistrado Bodas Martín, rechaza que pueda alegarse que las empresas no estén legitimadas para emprender acciones ante la Jurisdicción Social por vulneración de su honor.
En primer lugar, según razona, porque el Tribunal Constitucional -sentencia 139 /1995-, ha reconocido “sin ningún genero de dudas, que las personas jurídicas son titulares del derecho al honor en cualquiera de los ámbitos en que desarrollan su actividad”.
En segundo término, según explica, porque si bien el artículo 177.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social reconoce la legitimación para la tutela de derechos fundamentales a “trabajadores y sindicatos”, el 177.4 legitima a su vez a toda víctima de una lesión de derechos que se haya producido con motivo u ocasión de una relación laboral – lo que incluye a las personas jurídicas-.
Fuente: eleconomista.es

lunes, 1 de febrero de 2016

FONDO DE ACCION SOCIAL AÑO 2015

COMUNICADO 



Según dice el convenio colectivo en su artículo 43: "El fondo de acción social se solicitará antes del último día de febrero y se abonará durante en transcurso del año natural y solo se concederá a aquellos trabajadores que tengan una antigüedad de más de un año"

Por lo tanto recomendamos a todos los trabajadores que vayan entregando sus solicitudes con toda la documentación necesaria por registro de la empresa, encabezando dicha documentación con una nota de régimen interior donde se especifique todo lo que se entrega. Es importante que las ayudas por hijos vayan acompañadas de la fotocopia del libro de familia. 

UNIÓN SINDICAL OBRERA

ASAMBLEA DE TRABAJADORES EL 3 DE FEBRERO DE 2016


jueves, 21 de enero de 2016

Desde este lunes, los parados que tengan 61 años o más se quedan sin prestación

De acuerdo con la orden dada por el Ministerio de Empleo, desde este lunes, día 27, el Servicio Público de Empleo (SPEE), los mayores de 61 años que estén sin trabajo dejan de cobrar el paro. Se da cumplimiento, de esta manera al decreto del Gobierno  que obliga a los perceptores de esta ayuda a jubilarse en cuanto puedan, considerando que la edad más baja a la que puede un español acogerse a la jubilación anticipada son los 61 años.
Sin embargo hay un problema:  no todos los parados de 61 años cumplen los requisitos para jubilarse a esa edad, lo que significa que se quedan sin cobrar prestación alguna. Y es que para jubilarse a los 61 años, de acuerdo con la ley, hay que haber completado, al menos, 33 años de cotización, lo que supone que quienes tengan 61 años y no hayan cotizado esos 33 se quedan sin cobertura alguna…algo que no contempla el decreto gubernamental que se aplica a estos casos.

miércoles, 13 de enero de 2016

CURSO DE REANIMACIÓN CARDIOBASCULAR Y DESFIBRILADOR SEMIAUTOMÁTICO

 1- Un curso de RCP y DESA el 16 y 17/02/2016 de 09:00 a 14:00h (el grupo está completo)
   2- Un curso de RCP y DESA el 16 y 17/02/2016 de 16:00 a 21:00h hay plazas vacantes
   3- Un curso de reciclaje de RCP y DESA el 18/02/2016 de 09:00 a 14:00h (el grupo está cerrado)
   4- Hay un grupo de reciclaje de RCP y DESA en turno de tarde que no hay fecha  prevista por que no hay suficientes personas apuntadas
   5- Cualquier trabajador que quiera hacer el curso o el reciclaje en turno de mañana puede apuntarse en lista de espera y cuando haya suficientes interesados se realizará.
  6- Los tres cursos se van a realizar en el aula de cursos del campo de fútbol de Foresta A
 7- Todos los trabajadores/as interesados deben apuntarse por escrito en los correos:ems@emstrescantos.es en polideportivos@emstrescantos.es o por escrito en las oficinas de la EMS.

jueves, 7 de enero de 2016

La pausa del bocadillo sin disfrutar debe ser retribuida pero no como hora extra según el TS


La pausa del bocadillo no disfrutada debe ser retribuida como una compensación adicional, aunque no como si fuese hora extra según la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
La resolución dada a conocer el 05 de enero por el Tribunal Supremo estima un recurso de ADIF contra la sentencia de la Audiencia Nacional que estableció que los periodos de descanso por refrigerio –de entre 20 y 30 minutos– que no pueden disfrutarse debían considerarse y pagarse como horas extraordinarias, ya que aumentaban la jornada ordinaria de trabajo de los empleados que no lo disfrutaban.
En su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Luis Fernando de Castro, el Supremo explica que el tiempo de bocadillo no disfrutado comporta un exceso sobre la hornada habitual ordinariamente exigible, que debe ser retribuido “no sólo con la remuneración propia del tiempo efectivo de trabajo y a través del pactado salario mensual, sino también con la cantidad prevista para tal supuesto específico en la normativa convencional aplicable”.
En el caso de ADIF, debe aplicarse la normativa laboral de RENFE que ya existía, cuyo artículo 197 prevé una compensación para quienes utilicen ese descanso.

JORNADA DE ADIF

La sentencia del Supremo discrepa de la dictada en febrero de 2014 por la Audiencia Nacional y señala que tal exceso no puede ser calificado ni retribuido como hora extraordinaria en sentido estricto, en tanto que ya se halla incluido y retribuido en la jornada anual colectivamente pactada que en el caso de ADIF son entre 1720 y 1728 horas.
Es decir, según el alto tribunal la hora del bocadillo es un periodo de descanso no disfrutado pero que entra dentro del tiempo máximo de trabajo que se ha convenido colectivamente. Por ello le corresponde, además de la retribución ordinaria incorporada al sueldo mensual por tener la pausa la consideración de tiempo efectivo de trabajo, una retribución complementaria, pero que no es jornada extra.
Por todo ello, el Supremo revoca la sentencia de la Audiencia Nacional y desestima la demanda de conflicto colectivo planteada por UGT por este asunto.

jueves, 24 de diciembre de 2015

FELIZ NAVIDAD



Desde USO queremos felicitar la Navidad y el año nuevo a todos los empleados públicos del ayuntamiento como de la EMS y felicitaros también por la extraordinaria labor que hacéis todos los días defendiendo los servicios públicos. Sin vosotros estos no existirían. 

Un abrazo a todos. 

UNIÓN SINDICAL OBRERA

martes, 15 de diciembre de 2015

CURSOS DE REANIMACIÓN CARDIO-PULMONAR Y DESFIBRILADORES SEMIAUTOMATICOS

Están proyectados por parte de la EMS  cursos de RCP (reanimación cardio-pulmonar) y manejo de DESA (desfibriladores semiautomáticos) y para aquellos trabajadores que ya lo han realizado, hay curso de reciclaje. 
Todos aquellos trabajadores interesados que aún o se han apuntado, podéis hacerlo enviado un correo electrónico a ems@emstrescantos.es o a polideportivos@emstrescantos.es o entregando una nota por escrito indicando el horario de preferencia para hacer el curso. 
En cuanto se dispongan de los suficientes trabajadores para hacer el curso se realizarán.