COMUNICADO
Según dice el convenio colectivo en su artículo 43: "El fondo de acción social se solicitará antes del último día de febrero y se abonará durante en transcurso del año natural y solo se concederá a aquellos trabajadores que tengan una antigüedad de más de un año"
Por lo tanto recomendamos a todos los trabajadores que vayan entregando sus solicitudes con toda la documentación necesaria por registro de la empresa, encabezando dicha documentación con una nota de régimen interior donde se especifique todo lo que se entrega. Es importante que las ayudas por hijos vayan acompañadas de la fotocopia del libro de familia.
UNIÓN SINDICAL OBRERA
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