miércoles, 22 de julio de 2020

#TRESCANTOS #EMS: LA CHARANGA DEL TÍO HONORIO

Si la EMS fuera una canción podría ser cualquiera de la CHARANGA DEL TÍO HONORIO, porque esto es un cachondeo infumable.

En la ultima paritaria se confirma que estamos en  manos que podríamos decir, nos lleva a desastre directamente con unas relaciones laborales  desregularizadas que perjudican a todos los trabajadores. 
Si nos fijamos en la plaza hoy resuelta  de oficial de primera de mantenimiento (fuentes) vemos que nos han tomado el pelo y desde CO.BAS no nos dejamos o por lo menos nos damos cuenta que nos lo quieren tomar denunciándolo  públicamente. 
Resulta que cuando el trabajador titular de la plaza se puso de baja al trabajador que se eligió para hacer lo mismo que ahora se pide, no se le exigió  ni un año, ni un mes, ni tan siquiera una hora, de experiencia en fuentes ornamentales y nos parece bien ya que como hemos dicho infinidad de veces la administración pública debe de pedir en sus procedimientos el nivel de estudios exigidos y la formación debe de ir a cargo de la administración o empresa pública a la que el trabajador haya optado. Pero ahora queridos compañeros cuando esta plaza sale para un puesto fijo se exige una experiencia profesional de un año en fuentes ornamentales (cuanto era eventual no hacía falta, esto no era imporante) coincidiendo prácticamente con la que tiene el trabajador eventual.  . ¿Vosotros lo entendéis? nosotros no (sí) e insistimos, nos están llamando tontos en nuestra cara. 
Y todo esto hay que revestirlo de los procedimientos que marcan las administraciones públicas para que parezca que se hace bien y lo que realmente es  un mamoneo de tres pares de narices. 
Pero si seguimos leyendo vemos que el trabajador elegido no ha entregado toda la documentación, no sabemos cual ha entregado realmente, ni tan siquiera la exigida de un año de antigüedad y por menos otros trabajadores han sido rechazados. Que quede muy claro que no tenemos nada en  contra del trabajador el cual nos parece una persona maravillosa, de lo que estamos en contra es del procedimiento. 
En ese párrafo aparece otra cosa sorprendente, y que enlaza con la anterior,  y es  lo de acreditar de manera verbal por parte del gerente que lleva mas de un año realizando esas tarea, y eso ahora vale. Esto es nuevo abriendo un futuro de infinitas posibilidades al mamoneo que nos dejarán la sangre helada, ya lo veréis. Y ya puestos podría haber acreditado lo que les faltaba a   Cristina C.L.  o la de José Luis  F. P. en las otras promociones ya que el gerente debe de hacer hecho un curso de notario en la universidad de Harvardaravaca, universidad preferida del PP donde el líder de su partido Pablo Casado hizo unas cuantas "sorprendentes carreras"

Pues este es el modelo que nos ofrece el PP de la mano de Javier Juarez,  el alcalde Jesús Moreno para la EMS y su brazo ejecutor José María Dorado gerente de la misma, a sus trabajadores y a los vecinos. 

Mire por donde se mire, esto es una gran chapuza, como siempre vamos. 

PD. ¿Que dicen CCOO y CGT sobre esto? poco o nada parece.  

CO.BAS MADRID 

martes, 14 de julio de 2020

#TRESCANTOS #EMS: ARTICULO 30 DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES


Aquí os presentamos el flamante artículo 30 del ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES, que como sabéis es de aplicación en la EMS. Pues bien, lo dice muy clarito el tema que nos viene fastidiando desde hace tiempo;  si el empresario se retrasa en darle trabajo a los "trabajadores" aquel deberá pagarle su salario y no podrá exigirle que se compense esa inactividad en otro tiempo. Si el gerente y los que han firmado esto (CCOO) han sido incapaces de no "darnos trabajo" es SU PROBLEMA y no el de los trabajadores de la EMS por lo tanto las reclamaciones al maestro armero y a llorar a otro sitio. Los trabajadores no tenemos la culpa  de las incapacidades que se han dado en todo esto. No se si son capaces de entender lo que dice la Ley. 

CO.BAS MADRID

lunes, 13 de julio de 2020

#TRESCANTOS #EMS; SENTENCIA QUE CONSIDERA QUE EL TIEMPO QUE HAN ESTADO EN CASA LOS TRABAJADORES ES TIEMPO EFECTIVO DE TRABAJO



Pues ya tenemos la primera sentencia que va en la línea que hemos defendido siempre que no es otra que el tiempo que nos han tenido en casa es tiempo efectivo de trabajo ya que si no nos han dado trabajo es que el gerente y CCOO, que son los que pactaron esta historia, no sabían que hacer con nosotros cuando nosotros teníamos cosas que hacer, entre otras  prestar servicios, lo que sean, a la ciudadanía y mantener los enseres y edificios municipales.  

Esta demanda la pone CGT  y se  adhieren   a la misma el COMITÉ DE EMPRESA, CSIF, UGT y CCOO que curiosamente reconoció en la EMS haber vulnerado junto con la DIRECCIÓN DE LA EMS los derechos sindicales de la CGT. ¡Que suerte tienen algunas empresas! 

Y la sentencia dice que se ha decidido unilateralmente la creación de una bolsa de horas para devolver el monto total  de las horas que a los trabajadores de esta empresa les han tenido en casa, prácticamente parecido a a algunos servicios de la EMS, aunque eso si, de forma soterrada. Pero lo que hay que destacar es: "debiendo declararse el tiempo en que los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo permanecieron localizados en su domicilio como consecuencia de la pandemia COVID 19,como prestación efectiva de trabajo" Es decir, como nosotros que estuvimos pendientes del teléfono y del correo electrónico a lo que nuestro "cliente"  (ayuntamiento) decidiera en cada momento. Esto ocurrió con muchos trabajadores que fueron llamados a incorporarse días alternos según las necesidades en incluso parte del resto que se incorporó antes que el periodo negociado entre la gerencia y CCOO terminara. 
Os dirán que se refiere este fallo al tema de la bolsa de horas, pero esto es falso ya que lo gordo está en esto último. 

Seguimos pese a quien pese.

CO.BAS MADRID

#TRESCANTOS #3MS: PROMOCIÓN INTERNA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE OFICIAL DE PRIMERA EN EL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO