jueves, 7 de octubre de 2010

LA AUDIENCIA NACIONAL CUESTIONA EL RECORTE SALARIAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS

Mirad que interesante noticia aparece en la WEB de EL PAIS y que es, desde nuestro punto de vista, es una magnífica notica para nosotros, los trabajadores de la EMS.

EL PAIS

La Sala inicia los trámites para llevar el decreto al Tribunal Constitucional


El conflicto de fondo es la rebaja salarial para los 1.750 trabajadores de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Pero la resolución del caso de esta empresa pública podría afectar a los 709.491 trabajadores (no funcionarios) del sector público al servicio del Estado, las comunidades autónomas y los municipios. La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha iniciado los trámites para preguntar al Tribunal Constitucional sobre la validez del recorte salarial establecido por el decreto ley de medidas extraordinarias de reducción del déficit, que estableció una rebaja salarial generalizada del 5% para funcionarios y empleados públicos y que aprobó el Gobierno el pasado 20 de mayo.


Los tres magistrados que forman la Sala —su presidente, Ricardo Bodas, Manuel Poves Rojas y Enrique Félix de No Alonso-Misol— decidieron por unanimidad el 30 de septiembre dar un plazo de 10 días a las partes antes de presentar la cuestión al alto tribunal. "Tenemos dudas sobre la constitucionalidad de la nueva redacción" de los artículos en los que se recoge el recorte, mantienen los magistrados en su resolución, que avisa de que esta reforma "podría afectar al contenido esencial del derecho a la libertad sindical", así como "al derecho a la negociación colectiva". Esas dudas se basan en los requisitos que impone la Constitución al Gobierno para aprobar un decreto ley. El primero es "la extraordinaria y urgente necesidad" de sacar adelante la norma, lo que, en principio, no se pone en duda. El segundo requisito es que no afecte a ninguno de los derechos regulados en el Título I de la norma fundamental.

Y el tribunal considera que el decreto de medidas urgentes puede vulnerar este último. En primer lugar, porque las condiciones laborales de estos trabajadores están reguladas por convenio colectivo y modificarlas mediante el decreto ley podría afectar a la libertad sindical y al derecho a la negociación colectiva (ambos del Título I de la Constitución). En segundo lugar, porque el decreto excluye expresamente del recorte salarial "al personal laboral no directivo" de las sociedades públicas mercantiles RENFE, ADIF y AENA, lo que, según los sindicatos demandantes (UGT, CC OO y SATNP), vulneraría el principio de igualdad al tratarse de entidades de naturaleza similar a la Fábrica Nacional de Moneda.

La Sala tiene pendientes de resolver al menos otros tres conflictos colectivos sobre personal laboral contratado por el Banco de España, AENA y la Televisión Pública Andaluza.

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