jueves, 16 de junio de 2011

LA DIRECCION DE LA EMS VUELVE A SUBCONTRATAR EL SERVICIO SANITARIO DE PISCINAS


Un año más, la dirección de la EMS ha vuelto a subcontratar el servicio sanitario de piscinas a una empresa privada por la cantidad de 59.948* euros sobre 60.000* como tope máximo de gasto, con un ahorro de 52 euros, no entendiendo muy bien desde esta sección sindical las razones de dicha subcontratación ya que esta solo actúa de intermediario gestionándoles sus pagas y realizando la contratación, desentendiéndose del control de estos trabajadores, que recae en el personal de la EMS, de su uniformidad la cual incumple todo lo referente a un servicio sanitario y es comprada por la EMS, y de la compra del material necesario para un servicio eficiente, que ahora es realizado por el propio Ayuntamiento. Además a esto hay que añadir que la subcontratación supone para las arcas de la empresa un gasto superior si este servicio fuera gestionado directamente por personal propio como se venía haciendo hace varios años atrás. Resumiendo, nos cuesta más dinero, los trabajadores carecen de derechos y encima la empresa debe de fiscalizar los pagos a la Seguridad Social, los contratos del personal y las titulaciones exigidas para la prestación del servicio. En cuanto a los derechos de estos trabajadores, como hacíamos referencia antes, dejan mucho que desear ya que el trabajador que reclame sus justos derechos elementales ante la empresa adjudicataria al año que viene no vuelve a trabajar como ha sucedido con los dos compañeros del Polideportivo Embarcaciones que incluso uno de ellos ha solicitado trabajo en la EMS como taquillera de piscinas, amen claro de la alta rotatividad de todo el personal. Sobre esto, a esta sección sindical le gustaría tener acceso a la copias de la contratación del personal, que la EMS debe de tener una copia, que presta sus servicios en las piscinas municipales ya que en el apartado 2.4 de las condiciones del servicio llamado OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR DEL SERVICIO en su apartado “g” dice (que la empresa subcontratista) “no subcontratará este servicio salvo consentimiento expreso de la EMS*” queriendo también saber si este “consentimiento” ha sido dado a la empresa subcontratada o no.

La relación en todo este proceso, el comité de empresa, habrá participado en todo lo referente a la subcontratación del servicio sanitario de piscinas y habrá recibido la correspondiente información así como por parte de la empresa haber realizado la correspondiente consulta como puede ser;

Información sobre:

. Nombre y razón social, domicilio y número de identificación fiscal de la empresa contratista o subcontratista.

. Objeto y duración de la contrata.

. Lugar de ejecución de la contrata.

. En su caso número de trabajadores que serán ocupados por la contrata o subcontrata en el centro de trabajo de la empresa principal.

. Medidas previstas para la coordinación de actividades desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales.

Según el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores (deberá de existir) “el intercambio de opiniones y la apertura de un dialogo entre el empresario y el comité de empresa sobre una cuestión determinada, incluyendo en su caso, la emisión de un informe previo por parte del mismo”

Por lo tanto desde esta sección sindical de la CGT nos gustaría saber también si este informe se ha emitido por parte de nuestra representación y que postura (nos imaginamos negativa ya que así lo ha expresado nuestro comité repetidas veces) ha tomado para oponerse a subcontratar el servicio sanitario de piscinas.

Todo lo que necesiten por nuestra parte los representantes del comité sobre este tema, nos tendrán a su lado para lo que nos necesiten. 

*Todos los datos aquí reflejados han sido sacados de la página web de la EMS y por lo tanto son públicas.

CGT 

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