martes, 19 de noviembre de 2013

El TSJM anula el aumento de jornada a 37,5 horas de empleados de la Comunidad

EL PAIS

La sentencia no cuestiona las 2,5 horas de incremento, pero sí su aplicación para 2013

El fallo dice que el Gobierno regional no negoció cómo la puesta en marcha con los sindicatos


El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado laampliación de la jornada de trabajo de 35 a 37,5 horas para el personal laboral de la Comunidad de Madrid. Se trata de todos los trabajadores afectados por el convenio colectivo, lo que no incluye a los funcionarios. El fallo responde a la demanda presentada por Comisiones Obreras y UGT y establece que el Gobierno regional de Ignacio González vulneró el derecho a la negociación colectiva a la hora de pactar la jornada laboral, turnos, horario de trabajo, descanso semanal y vacaciones de estos trabajadores en 2013. El fallo afecta a unos 28.000 empleados, según datos oficiales, lo que supone aproximadamente el 25% de la plantilla.

La Comunidad de Madrid aumentó para 2012 la jornada laboral de todo su personal. Incluyó 2,5 horas más semanales, lo que supuso pasar de 35 a 37,5 horas. La filosofía de la medida, según argumentó entonces la Comunidad, era “aumentar la productividad”. Suponía 12 millones de horas más de trabajo al año o, dicho de otro modo, unos 8.000 contratos menos de personal eventual.
El fallo del TSJM no pone en duda que los empleados públicos trabajen 2,5 horas más. Solo sentencia que el Gobierno regional no negoció con las centrales las instrucciones anuales para su aplicación, es decir, que fueron impuestas para 2013. Las implicaciones concretas del fallo sobre la plantilla aún no están claras.
El TSJM condena al Gobierno a “negociar con las organizaciones sindicales” los términos de la jornada. Esto es, anula las instrucciones aprobada en enero por la Dirección General de la Función Pública. Y ahí es donde difieren las interpretaciones de unos y otros.
La Comunidad de Madrid, que anuncia que presentará un recurso en casación, entiende que su actuación está amparada por una sentencia previa del Supremo y que no debía volver a negociar las instrucciones de 2013 puesto que eran “prácticamente las mismas” que las de 2012, excepto “mínimas modificaciones en las horas vacacionales”. La sentencia establece que las instrucciones se habían impuesto “de forma unilateral, sin haberse negociado en ningún momento”. Y añade que para “una verdadera negociación” debe de haber “una voluntad proactiva de alcanzar acuerdos”.
La Comunidad presentó el borrador de las instrucciones para 2013 en una única reunión con los sindicatos, que no lo pudieron examinar “por falta material de tiempo”. El fallo añade que fue una decisión “sin contenido negociador, pues no se formularon ofertas ni contraofertas, ni se discutió con la intensidad que puede exigir el tema debatido”.
Por ello, condena a la Comunidad “a estar y pasar por esta declaración y sus consecuencias, debiendo negociarse con las organizaciones sindicales demandantes y en el seno de la Comisión negociadora” todo lo relativo a la reordenación de la jornada del personal.
El siguiente paso es el recurso ante el Tribunal Supremo, que debe ratificar o anular el fallo. “Si nos da la razón, habrá que ver qué ha ocurrido y si hay que resarcir a los trabajadores o compensarles de alguna forma”, señala Javier Díaz Toril, de CC OO. “Estamos satisfechos porque la sentencia demuestra que no negociaron como deberían”, añade Rosa María Robledano (UGT). “No descartamos solicitar compensaciones en tiempo o en salario en función de los acuerdos a los que podamos llegar a partir de ahora”.

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